sábado, 27 de octubre de 2012

Semana 8 ¿Qué son las Obligaciones Condicionales?

Bibliografía: 1) F. Montero (1999) Obligaciones (pág. 69-81)San José, Premiá Editores. 2) A. Brenes (1990) Tratado de las Obligaciones (pág. 67-77) San José, Juricentro.

2 comentarios:

  1. Compañera Piedra,

    Me gustaría agregar aporte a los siguientes conceptos incluidos en su entrada:

    En cuanto a la Pluralidad, esta se divide en
    1) Simple, cuando sólo existe una condición

    2) Múltiple, cuando existen varias condiciones que deban ser evaluadas; éstas, las múltiples se subdivide a su vez en Acumulativas y Alternativas. El concepto de condiciones acumulativas describe que, del conjunto total de condiciones establecidas, se deben cumplir varias de ellas de manera que el efecto jurídico tenga realización; el concepto de condiciones alternativas describe que, del conjunto total de condiciones establecidas, basta con cumplir alguna de ellas (cualquiera que sea) para que el efecto jurídico tenga realización.

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  2. Muy bien Adriana, su presentación está bastante completa, hay buena redacción y citas de bibliografía. Bastante oportuno el aporte de su compañero David.

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